Los trabajadores están legitimados para reclamar al empresario cualquier concepto salarial que éste haya dejado de pagar, incluidas indemnizaciones por fin de contrato o indemnizaciones previamente reconocidas en documento público o privado.

También tramitamos demandas en reclamación de diferencias salariales respecto a las establecidas en convenio colectivo, por horas extraordinarias, dietas, bonus, comisiones por ventas, prestaciones de seguridad social, etc.

Todo ello con el interés por mora establecido en el art.29.3 del Estatuto de los Trabajadores.