La declaración de herederos, expresión de la voluntad del testador o por designación de la Ley que se realiza antes o después de la muerte del causante (abintestato), en la que se nombran los herederos del testador o posteriormente al fallecimiento. El nombramiento de herederos puede hacerse mediante testamento, en sus diversas formas (notarial, ológrafo, etc.) o posteriormente una vez ocurrido el fallecimiento (declaración de herederos abintestato), notarialmente o judicialmente.